{"id":17,"date":"2021-08-17T18:44:32","date_gmt":"2021-08-17T18:44:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.reginoabogados.com\/blog\/?p=17"},"modified":"2021-08-18T18:56:00","modified_gmt":"2021-08-18T18:56:00","slug":"el-desgaste-del-sistema-penal-acusatorio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.reginoabogados.com\/blog\/opinion\/el-desgaste-del-sistema-penal-acusatorio\/","title":{"rendered":"EL DESGASTE DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Irving Regino.<\/p>\n\n\n\n<p>Si bien es cierto la reforma que vino a cambiar nuestro modelo de justicia mexicano fue de 2008, tambi\u00e9n cierto es que no debemos pasar por alto que su implementaci\u00f3n se dio de manera escalonada en todo el territorio mexicano, esto es as\u00ed por que dicha reforma tuvo un margen para ser implementada de 8 a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 surge un nuevo modelo? A pesar de tener pr\u00e1cticamente casi 100 a\u00f1os con un mismo modelo penal, conocido como inquisitivo por su forma de investigar delitos y procesarlos de la autoridad ministerial y judicial, es menester se\u00f1alar que se comet\u00edan una serie de violaciones a derechos humanos que hoy en d\u00eda ser\u00eda impensable continuar con dicho sistema.<\/p>\n\n\n\n<p>Vamos a retroceder en el tiempo para que el lector tenga una idea de como eran las audiencias antes de dicha reforma, algo muy alejado de lo que vemos hoy en d\u00eda en las flamantes salas de juicios orales; recuerdo como era llegar a un juzgado penal, all\u00e1 por el a\u00f1o 2012 en Ciudad de M\u00e9xico, un Juzgado lleno de expedientes, y diversas mesas donde se localizaban dos secretarios de acuerdos, de la letra A y de la letra B (auxiliares del juez), y es que los expedientes se divid\u00edan en pares y nones, entonces por ejemplo si tu expediente era 130\/2012 lo trabajaba la secretar\u00eda B, y si era 131\/2012 lo turnaban a la secretar\u00eda A; una audiencia donde quien las desahogaba era solamente el secretario de acuerdos acompa\u00f1ado en ocasiones de un mecan\u00f3grafo; quien se dedicaba a escribir todo lo que se le dictaba por las partes, preguntas pausadas, alegatos que se llevaban por escrito, preguntas que se plasmaban en papel y se iban leyendo a los testigos; escuchando el molesto ruido de la impresora del juzgado; el imputado al estar privado de su libertad se le colocaba en la llamada \u201crejilla de pr\u00e1cticas\u201d la cual imped\u00eda que este tuviera contacto f\u00edsico con cualquier persona del exterior, y como olvidar el terrible olor a or\u00edn y excremento que desprend\u00eda la rejilla cuando se abr\u00eda, que incluso dejaba impregnado el ambiente del juzgado, tal vez se pregunte estimado lector \u00bfCu\u00e1l era el motivo de dicho olor? Pues se deb\u00eda a que a las personas privadas de su libertad que iban a tener audiencia los trasladaban a la rejilla de pr\u00e1cticas desde muy temprano y no se les permit\u00eda ir al ba\u00f1o hasta que por la tarde los regresaran a su dormitorio, l\u00f3gicamente las necesidades fisiol\u00f3gicas pueden ser mayores y he ah\u00ed el resultado.<\/p>\n\n\n\n<p>El juez regularmente se encontraba en su cub\u00edculo, alejado de todo esto, revisando proyectos de sentencia, acuerdos, entre otras cosas que le pasaban sus auxiliares, como se puede advertir muy rara vez presidia audiencias.<\/p>\n\n\n\n<p>Recuerdo perfectamente que el discurso de los capacitadores de la SETEC, y muchos profesores cuya funci\u00f3n era implementar el nuevo sistema de justicia penal, era que se iba a mejorar la calidad de las partes durante el proceso, que se iban a evitar actos de corrupci\u00f3n principalmente y se respetar\u00edan los derechos humanos como uno de los objetivos del procedimiento, adem\u00e1s que se sustituir\u00edan las averiguaciones previas que eran tomos inmensos por una carpeta de investigaci\u00f3n cuyo contenido ser\u00eda solamente la referencia a los datos y medios probatorios que se pretendieran llevar ante el Juez de Control, por ejemplo de una averiguaci\u00f3n previa de 1000 hojas, bastar\u00eda una carpeta de investigaci\u00f3n de 100 hojas, que se reducir\u00edan actos de corrupci\u00f3n, que los imputados obtendr\u00edan salidas alternas para evitar estar privados de su libertad, as\u00ed como que existir\u00edan muy pocos delitos que ameritaran prisi\u00f3n, pues ser\u00eda obligaci\u00f3n del ministerio p\u00fablico ofrecer una causa justificada para que una persona estuviera privada de su libertad.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero adivine que paso estimado lector\u2026efectivamente, est\u00e1bamos frente a una utop\u00eda, que al principio pensaron funcionar\u00eda, pero no fue as\u00ed; ya que subsistieron malas pr\u00e1cticas, principalmente por que el C\u00f3digo Procesal permite la interpretaci\u00f3n y surgieron diversos criterios con cada Juez de Control, me toc\u00f3 escuchar muchas veces a Ministerios P\u00fablicos decir que ten\u00edan que agregar todas las constancias en su carpeta de investigaci\u00f3n pues m\u00e1s vale que sobre y no que falte, convirtiendo las carpetas de investigaci\u00f3n en tomos voluminosos. En algunos Estados de la Rep\u00fablica las facultades del ministerio p\u00fablico para decretar libertades durante la investigaci\u00f3n se volvieron oportunidades para hacer \u201cnegocios\u201d y decretarlas, y bueno, podr\u00edamos seguir con la lista de las cuestiones que se volvieron ineficaces y que se pretend\u00eda terminar o mejorar. La verdad es que el cambio real no se da a trav\u00e9s de normas, reformas o adiciones, para muestra tenemos hoy m\u00e1s de 10 delitos que ameritan prisi\u00f3n preventiva oficiosa; sino como se ha sostenido, es un tema de los operadores del sistema de justicia penal, que aclaro no todos son malos, pero lo cierto es que las malas pr\u00e1cticas del sistema tradicional se arrastraron al sistema de justicia acusatorio y oral.<\/p>\n\n\n\n<p>Algunas pr\u00e1cticas, he de reconocer, si fueron erradicadas, pero otras subsistieron, solo me resta decirles que tenemos la oportunidad de explotar un abanico de posibilidades jur\u00eddicas, tanto defensores como ministerios p\u00fablicos, mismos que debemos aprovechar para encaminar a una correcta impartici\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia, pues el cambio esta en nosotros.<\/p>\n\n\n\n<p>Abogado Penalista en la firma Regino Abogados<\/p>\n\n\n\n<p>Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM de Derecho Procesal Penal y Teor\u00eda General del Proceso, Traduciendo t\u00e9rminos jur\u00eddicos para no abogados<\/p>\n\n\n\n<p>@irvingregino<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Irving Regino. 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